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Plazas públicas en la Fundación Polibea

En el mes de octubre de 2019 se incorporaron a la Residencia de la Fundación Polibea las 37 personas con discapacidad que la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad adjudicó en plaza pública en relación con el Acuerdo Marco AM-002/2019 denominado “ATENCIÓN A PERSONAS ADULTAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA EN CENTRO RESIDENCIAL CON ATENCIÓN DIURNA”

La Fundación Polibea, que comenzó su andadura en el año 2016, ha realizado un esfuerzo continuo para dotar al proyecto de un nivel profesional y de equipamiento que la permite ofrecer a las personas adjudicatarias de estas plazas, las prestaciones de alojamiento, manutención y el apoyo personal y social para la realización de actividades, tratamientos de fisioterapia, logopedia, psicológicos y de terapia ocupacional y actividades encaminadas al desarrollo normal del ocio, a fin de conseguir el máximo desarrollo de sus capacidades y posibilidades de integración social.

La atención se concibe como un recurso de vivienda abierto a la comunidad en la que, de manera individualizada, multidimensional y consensuada, se le ofrece una atención especializada por medio de programas de movilidad y funcionalidad motriz, de entrenamiento en actividades de la vida diaria (AVD), de comunicación, de habilidades sociales, de orientación y apoyo psicológico, de estimulación cognitiva, de vida comunitaria, de atención social o de cuidado y promoción de la salud, que contribuyen a conseguir resultados significativos en su bienestar, participación y, en general, en su calidad de vida.

Al considerar que la participación social es un elemento fundamental para la inclusión y el desarrollo personal y que impacta de manera significativa en la mejora de la vida se potencian los mecanismos de participación en la valoración del funcionamiento del servicio y en las propuestas de mejora.

CENTROS RESIDENCIALES CON ATENCIÓN DIURNA

De conformidad con lo establecido en el Decreto 342/1999, de 23 de diciembre (B.O.C.M. de 13-1-2000) por el que se regula el Régimen Jurídico Básico del Servicio Público de Atención a Personas con Discapacidad Física y Sensorial, se entiende por Centro Residencial con Atención Diurna el equipamiento especializado de carácter socio-rehabilitador que ofrece alojamiento, manutención y atención diurna destinada a proporcionar atención rehabilitadora, asistencia especializada, habilitación personal y social, y cuidados personales, así como realizar actividades de ocio y normal convivencia a fin de conseguir el mantenimiento, adquisición y desarrollo de sus capacidades y posibilidades de desarrollo personal, e inclusión social y familiar.

Considerando lo anterior y en el marco de la Convención Internacional de Personas con Discapacidad, las residencias con centro de día para personas adultas con discapacidad física gravemente afectadas, se conciben como un recurso de vivienda, abierto a la comunidad, cuya misión fundamental consiste en proporcionar a las personas usuarias una atención especializada mediante programa individualizado consensuado, al que se responda por medio de un conjunto de actividades, gestión de oportunidades y apoyos, que contribuyan a conseguir resultados significativos en su bienestar, participación y, en general, en su calidad de vida.

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